Los derechos de autor, la privacidad
y uso de la información
de los consumidores
fueron algunos de los temas
que presentaron abogados
especializados durante el Taller Aspectos
Legales de la Internet auspiciado
por el Comité de Educación de
la Asociación de Ejecutivos de Ventas
y Mercadeo, SME.
Durante el taller, los abogados María
Stendrey y Jaime Mercado de Fiddler,
González & Rodríguez ofrecieron una
visión amplia sobre las reglas, leyes y
reglamentos aplicables a los derechos
de autor y su aplicabilidad en el Internet
así como el uso de la información de
los consumidores en la Internet.
La Sección 8 del Artículo Uno de la Constitución
de Estados Unidos expresa claramente
que los derechos de autor y patente
fueron diseñados para promocionar el
Progreso de la Ciencia y las Artes útiles
y a su vez proteger durante un tiempo limitado
los derechos de los autores e inventores
el derecho exclusivo de sus respectivos
inventos y escritos.
Szendrey presentó nociones básicas
acerca de los derechos de autor y su aplicabilidad
en la red. El derecho de autor bajo
el US Copywright Act se define como los
derechos que protegen, durante un tiempo
establecido, cualquier obra original
de autor que se fije en un medio tangible.
“La obra no tiene que ser creativa para que
amerite protección sino la fijación de esa
obra” expresó. Añadió que no es necesario
registrar la obra para estar protegida ni
tampoco es necesario registrarla para utilizar
el símbolo de copyright y mencionó
que para cada tipo de obra existe un tipo
de registro que hay que completar.
La sección 106 de la Ley Federal reconoce
que los derechos protegidos incluyen:
reproducción de la obra, obras derivadas,
copias, interpretaciones en el caso de
canciones, realizar o representar los trabajos
originales de autor como por ejemplo
una pieza de teatro. No son obras de
autor o no se protegen bajo la ley federal
las ideas, procesos, sistemas, métodos de
operación, datos, hechos, conceptos, materiales
que estén bajo el dominio público.
Si es útil, la idea podría estar protegida
bajo otro cuerpo de leyes como podría
ser el caso de patentes. No son objetos de
protección bajo esta ley los títulos, como
por ejemplo The Secret, las marcas o las
frases cortas por considerarse de dominio
público. Aunque una marca sí podrá
estar protegidos por otras leyes como la
Ley de Marcas que aplicaría en el ejemplo
de The Secret.
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La duración del derecho de autor cambió
luego de una petición que presentara
el fenecido Sonny Bono en el 1998 y que
luego se identificó como el Sonny Bono
Copyright Term Extensión Act, logrando
que el derecho de autor dure la vida del
autor más setenta (70) años. “Si la obra se
hizo bajo un seudónimo o si el autor es
una persona jurídica el término podría
variar”, según Szendrey. Si se tiene duda
acerca de protección de la obra o sobre
quién posee los derechos de autor es mejor
presumir que está protegida.
A preguntas de los participantes en
cuanto a quién le pertenece la propiedad
intelectual del trabajo que se realiza a nivel
profesional, Stendrey explicó que la
regla general es que el titular original es
el que tiene los derechos pero mencionó
dos excepciones bajo el work made for
hire. La modalidad empleo que determina
dónde se realiza el trabajo, quién contrata,
la forma en que la obra se logra, el
método de pago, si el trabajo que realiza
es parte del curso ordinario de la entidad
y qué tratamiento contractual se
le dio. La modalidad pacto expreso si no
se firmó un acuerdo cediendo los derechos
de autor bajo la cual el derecho de
autor es de quien realiza el trabajo. Destacó
que el derecho de autor de los trabajos
de los freelancers es de los mismos a
menos que sea una obra ordenada o encomendada
mediante contratación. Sugiere
que los freelancers que hayan firmado
un contrato con sus clientes para desarrollar
conceptos creativos, como por ejemplo
logos, e interesan utilizar ese trabajo
como promoción de sus servicios, notifiquen
al cliente sobre el uso que le darán
a ese material.
Sobre los derechos de autor en el Internet
la licenciada expuso que el Digital Millenium
Copyright Act se creó para atemperar
los derechos de autor a la era digital. “El
hecho de que esté masificado el uso de propiedad
intelectual en el Internet no quiere
decir que no es ilegal. Hay que sacarse [de
la mente] la idea de que las cosas que están
en el Internet no tienen derechos de autor
o son de uso libre”. Sugirió que no se copie
indiscriminadamente las páginas de Internet
ni su contenido. Muchas empresas han
establecido políticas de préstamo de propiedad
intelectual y hay bastante apertura
para dar permiso. Los permisos dependerán
del propósito para el que se va a usar
el material. “Cada vez que uno va a utilizar
material que no es de uno hay que verificar
los derechos. Si tiene duda no lo utilice”
subrayó. Constituyen una excepción los
sitios de Internet que participan de licencias
de creative commons, como por ejemplo
Wikipedia, pues el propósito de estos sites
es diseminar información dando crédito
a la fuente.
La ley establece ciertos requisitos de
cumplimiento para los proveedores de
servicios en línea que determinan su responsabilidad. El proveedor de servicios
en línea tiene que tener un mecanismo
para manejar las violaciones a los derechos
de autor. El caso más reciente fue el
de la red social Facebook que pretendió
cambiar el acuerdo que firman los usuarios
atribuyéndose el derecho absoluto de
todo el contenido colocado por el usuario.
Luego de una disculpa pública, Facebook
volvió a establecer la política de que una
vez alguien deja de ser miembro de Facebook,
la empresa no puede utilizar el
contenido provisto el ex miembro de dicha
red social.
Los expertos sugieren que se registre la
marca del producto o servicio así como el
contenido que siempre será fijo en la página
de Internet. Aunque una dirección de Internet
no es una marca sino un sitio virtual,
la misma se puede convertir en una marca
de la misma forma que una marca puede
convertirse en una dirección electrónica.
Existe un gran número de páginas electrónicas
que incluyen nombres de marcas
reconocidas que no son originadas por la
marca y esto representa un problema para
la marca.
Los derechos de propiedad intelectual
están matizados por los contratos y acuerdos
con las entidades. Aplican a medios radicionales
como a los electrónicos aunque
hay un movimiento que busca que se desarrolle
una ley distinta para medios electrónicos.
LA PRIVACIDAD DE LOS USUARIOS
Para Jaime Mercado la marcada evolución
en el uso de la Internet hace necesario
que se establezca reglamentación sobre
el uso de la información del usuario. Se
recopila información de los usuarios para
permitirles acceso a contenido, eventos,
sondeos, cuestionarios e información de
contacto para responder. La información
típica recopilada incluye nombre, apellido,
edad, dirección, teléfono. El intercambio
de información entonces ha hecho necesaria
la reglamentación sobre el manejo
de la información de los usuarios en cuanto
a la venta o divulgación no autorizada
a terceros, para propósitos de mercadeo o
propaganda no solicitada, prácticas engañosas
o ilícitas. A nivel local, el Reglamento
Contra Prácticas y Anuncios Engañosos
establecido por el Departamento de Asuntos
del Consumidor (DACO) dispone que
no se puede obtener información de una persona a través de anuncios engañosos
y no se puede pedir información sin decirle
para qué se va a usar. “Hay que pedirle
autorización al consumidor” expresó.
Añadió que La Ley de Transacciones
Electrónicas (Ley 148 de 8 de agosto de
2006) establece cómo debe ser dicha autorización.
Mercado indicó que si algún
documento requiere autorización por escrito,
un documento electrónico puede satisfacer
dicho requisito. Al momento, una
firma electrónica satisfará el requisito de
firma tradicional.■
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